Un grupo de investigadores de Estados Unidos ha descubierto que es posible identificar a cualquier persona siguiendo sus patrones de compra.
Los metadatos se refieren a la información no procesada que recopilan páginas como Google o cualquier red social sobre sus usuarios. Esta información sirve para enviar al internauta publicidad de algún tipo, recomendar contenidos u ofrecer servicios.
Según un estudio realizado por Media Lab del Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT) se han analizado las transacciones de tarjetas de crédito de 1,1 millones de personas en 10.000 tiendas durante 3 meses en un país.
La base de datos contiene detalles sobre fechas de pago, cantidades, nombre de la tienda y su localización en el mapa. No publican el país del estudio pero forma parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
Conociendo cuatro transacciones con la tarjeta, la fecha y el lugar, es posible identificar el 90% de los individuos, según afirman los investigadores.
De toda la base de datos, solo existe una persona que puede haber comprado en cuatro sitios distintos en el mismo día y hora, por tanto saber el precio, «aumenta el grado de identificación en un 20% de promedio», explican.
Estos datos se han publicado en la revista Science y aseguran que toda esta información de patrones de comportamiento junto con información que aportan los metadatos de empresas o plataformas web, favorecen la identificación del usuario.
«Una base de datos libre de nombres, direcciones personales o números de teléfono, no la hace anónima ni tampoco segura de publicar o subministrar a terceros», afirma Ives-Alexandre de Montjoye, doctor en privacidad computacional.
«los principios de protección de datos no deben aplicarse a los datos hechos anónimos de manera que el interesado ya no es identificable», tal como establece la propuesta de regulación sobre protección de datos de la Comisión Europea.
Tras el estudio, los investigadores piden al gobierno que se revise la legislación de protección de datos que se redefinan los requisitos de aplicación de la ley respecto a los metadatos.
María C.